Actualizado: 01-Octubre-2024
Nacionalidad y Ciudadanía Mexicana
¡Nacionalidad mexicana y ciudadanía mexicana! ¿Cómo se adquiere la nacionalidad mexicana? ¿Cómo se adquiere la ciudadanía mexicana? ¿Cómo se pierden?¿Cuáles son las obligaciones y las facultades?
Conforme al artículo 30 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la nacionalidad Mexicana se adquiere por nacimiento o por naturalización.
A) Son mexicanos por nacimiento:
I. Los que nazcan en territorio de la República, sea cual fuere la nacionalidad de sus padres.
II. Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos nacidos en territorio nacional, de padre mexicano nacido en territorio nacional, o de madre mexicana nacida en territorio nacional.
III. Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos por naturalización, de padre mexicano por naturalización, o de madre mexicana por naturalización
IV. Los que nazcan a bordo de embarcaciones o aeronaves mexicanas, sean de guerra o mercantes.
B) Son mexicanos por naturalización:
I. Los extranjeros que obtengan de la Secretaría de Relaciones carta de naturalización.
II. La mujer o el varón extranjeros que contraigan matrimonio con varón o con mujer mexicanos, que tengan o establezcan su domicilio dentro del territorio nacional y cumplan con los demás requisitos que al efecto señale la ley.
Obligaciones de los mexicanos y mexicanas
El artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece las obligaciones de los mexicanos y mexicanas.
I. Hacer que sus hijos o pupilos concurran a las escuelas públicas o privadas, para obtener la educación preescolar, primaria, secundaria, media superior y reciban la militar, en los términos que establezca la ley.
II. Asistir en los días y horas designados por el Ayuntamiento del lugar en que residan, para recibir instrucción cívica y militar que los mantenga aptos en el ejercicio de los derechos de ciudadano, diestros en el manejo de las armas, y conocedores de la disciplina militar.
III. Alistarse y servir en la Guardia Nacional, conforme a la ley orgánica respectiva, para asegurar y defender la independencia, el territorio, el honor, los derechos e intereses de la Patria, así como la tranquilidad y el orden interior.
IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.
Perdida de la Nacionalidad
El artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece:
A) Ningún mexicano por nacimiento podrá ser privado de su nacionalidad.
B) La nacionalidad mexicana por naturalización se perderá en los siguientes casos:
I. Por adquisición voluntaria de una nacionalidad extranjera, por hacerse pasar en cualquier instrumento público como extranjero, por usar un pasaporte extranjero, o por aceptar o usar títulos nobiliarios que impliquen sumisión a un estado extranjero, y
II. Por residir durante cinco años continuos en el extranjero.
Ciudadanía mexicana
Al inicio de México como nación independiente, los ciudadanos eran todos hombres y sólo fue hasta la reforma Constitucional de 1953 promovida por el entonces presidente Adolfo Ruiz Cortines, que las mujeres fueron incluidas como ciudadanas obteniendo así el derecho al voto.
El artículo 34 de la Constitución Política establece que son ciudadanos de la republica los varones y las mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos, reúnan, además, los siguientes requisitos:
I. Haber cumplido 18 años, y
II. Tener un modo honesto de vivir.
Facultades de los ciudadanos y ciudadanas
El artículo 35 de la Constitución Política establece las siguientes prerrogativas o facultades de los ciudadanos mexicanos.
I. Votar en las elecciones populares.
II. Poder ser votado para todos los cargos de elección popular y nombrado para cualquier otro empleo o comisión, teniendo las calidades que establezca la ley.
III. Asociarse individual y libremente para tomar parte en forma pacífica en los asuntos políticos del país.
IV. Tomar las armas en el ejército o guardia nacional, para la defensa de la república y de sus instituciones, en los términos que prescriben las leyes.
V. Ejercer en toda clase de negocios el derecho de petición.
Obligaciones de los ciudadanos y ciudadanas
El artículo 36 de la Constitución Política establece las siguientes obligaciones a los ciudadanos y ciudadanas de los Estados Unidos de México:
I. Inscribirse en el catastro de la municipalidad, manifestando la propiedad que el mismo ciudadano tenga, la industria, profesión o trabajo de que subsista; así como también inscribirse en el registro nacional de ciudadanos, en los términos que determinen las leyes.
II. Alistarse en la guardia nacional.
III. Votar en las elecciones populares en los términos que señale la ley.
IV. Desempeñar los cargos de elección popular de la federación o de los estados, que en ningún caso serán gratuitos.
V. Desempeñar los cargos concejiles del municipio donde resida, las funciones electorales y las de jurado.
Perdida de la Ciudadanía
El artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que la ciudadanía mexica se pierde por:
I. Por aceptar o usar títulos nobiliarios de gobiernos extranjeros.
II. Por prestar voluntariamente servicios oficiales a un gobierno extranjero sin permiso del congreso federal o de su comisión permanente.
III. Por aceptar o usar condecoraciones extranjeras sin permiso del congreso federal o de su comisión permanente.
IV. Por admitir del gobierno de otro país títulos o funciones sin previa licencia del congreso federal o de su comisión permanente, exceptuando los títulos literarios, científicos o humanitarios que pueden aceptarse libremente.
V. Por ayudar, en contra de la nación, a un extranjero, o a un gobierno extranjero, en cualquier reclamación diplomática o ante un tribunal internacional, y
VI. En los demás casos que fijan las leyes.
Fuente:
Presidencia de la Republica – México lindo el mejor lugar para vivir y sentir
Publicado: 01-Mayo-2018